SOLICITUD DE ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENOR DE EDAD
Abandono Moral de un Menor de Edad: Derechos y Acciones Legales para los Familiares
¿Qué es el abandono moral de un menor de edad?
El abandono moral de un menor de edad ocurre cuando los padres, sin una causa justificada, descuidan el bienestar emocional, afectivo y educativo de su hijo, privándolo del apoyo y orientación necesarios para su desarrollo integral. Este tipo de abandono puede ser tan perjudicial como el abandono físico, ya que genera daños psicológicos severos en el niño o adolescente.
En muchos casos, el abandono moral se manifiesta en la falta de comunicación, indiferencia total hacia el menor, desinterés por su educación o salud, e incluso el incumplimiento de las visitas establecidas en caso de separación de los padres.
Consecuencias del abandono moral en un menor
Los niños y adolescentes que sufren abandono moral pueden experimentar:
Problemas emocionales como ansiedad, depresión o baja autoestima.
Dificultades en la socialización y problemas de conducta.
Bajo rendimiento escolar debido a la falta de motivación y apoyo.
Vulnerabilidad a situaciones de riesgo como la delincuencia o el consumo de drogas.
Ante esta situación, la ley protege a los menores y permite que un familiar cercano pueda tomar medidas legales para garantizar su bienestar.
¿Qué puede hacer un familiar ante el abandono moral de un menor?
Cuando un menor es víctima de abandono moral por parte de sus padres, un familiar cercano (abuelos, tíos, hermanos mayores de edad, etc.) puede intervenir y solicitar al juez el reconocimiento familiar u otras medidas de protección. A continuación, se explican las acciones legales que pueden tomarse:
1. Solicitar el acogimiento familiar ante el juez
El acogimiento familiar es una medida de protección que permite que un menor sea cuidado por un familiar ante la imposibilidad de sus padres de asumir su responsabilidad. Para solicitarlo, se deben seguir los siguientes pasos:
Presentar una solicitud de acogimiento familiar ante el Juzgado de Familia.
Acompañar la demanda con pruebas que demuestren el abandono moral (testimonios, informes psicológicos, registros escolares, etc.).
Acreditar el parentesco con el menor y demostrar la capacidad para hacerse cargo de su bienestar.
Si el juez determina que el acogimiento es lo mejor para el menor, otorgará la custodia temporal o definitiva al familiar solicitante.
2. Iniciar una demanda de tenencia
En algunos casos, si el abandono moral se agrava y pone en riesgo la estabilidad emocional del menor, el familiar puede solicitar la tenencia exclusiva. Esta medida es útil cuando los padres han demostrado ser incapaces de asumir su rol.
Para ello, se debe presentar una demanda de tenencia ante el Juzgado de Familia, acompañada de pruebas del abandono y argumentos que demuestren que el solicitante puede brindar un entorno adecuado.
3. Denunciar el abandono moral ante las autoridades competentes
Si el menor se encuentra en una situación de vulnerabilidad extrema, se puede acudir a:
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) para solicitar medidas de protección.
La Defensoría del Niño y del Adolescente , que puede intervenir a favor del menor.
El Poder Judicial , para exigir la suspensión de la patria potestad si los padres han incumplido gravemente con sus deberes.
Marco legal en Perú sobre el abandono moral de menores
En el Perú, el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337) establece que los menores tienen derecho a crecer en un ambiente de amor y protección. Además, el Código Civil regula la patria potestad y prevé su suspensión o pérdida cuando los padres incumplen con sus responsabilidades.
Artículos relevantes:
Artículo 81 del Código de los Niños y Adolescentes : establece que el niño tiene derecho a recibir protección contra cualquier forma de abandono.
Artículo 75 del Código Civil : menciona que la patria potestad puede ser suspendida si los padres incumplen con sus obligaciones.
Artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes : permite que un familiar solicite el acogimiento de un menor en situación de desprotección.
Conclusión
El abandono moral de un menor de edad es una problemática grave que afecta su desarrollo y bienestar. Afortunadamente, la legislación peruana ofrece mecanismos para que los familiares puedan intervenir y garantizar la protección del menor. Si conoces un caso de abandono moral, no dudes en actuar y buscar apoyo legal para proteger los derechos del niño.
Abandono moral de menores en Perú
Derechos del niño en casos de abandono
Cómo solicitar el reconocimiento de un menor
Medidas legales ante el abandono infantil
Denuncia por abandono moral de un niño
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JUEZ(A) DEL JUZGADO DE FAMILIA DE [INDICAR JURISDICCIÓN]
[NOMBRE DEL SOLICITANTE] , identificado(a) con DNI N° [NÚMERO], con domicilio en [DIRECCIÓN], ante usted, con el debido respeto, me presente y expongo lo siguiente:
I. PETITORIO
Solicito el acogimiento familiar del(la) menor [NOMBRE DEL MENOR], quien se encuentra actualmente bajo la tutela del albergue [NOMBRE DEL ALBERGUE], conforme a lo establecido en el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337) y la Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444).
II. FUNDAMENTOS DE HECHO
El(la) menor [NOMBRE DEL MENOR], de [EDAD] años, se encuentra actualmente en el albergue [NOMBRE DEL ALBERGUE] desde el [FECHA DE INGRESO], debido a [BREVE DESCRIPCIÓN DE SU SITUACIÓN].
En mi calidad de [INDICAR VÍNCULO O INTERÉS], cumplo con los requisitos exigidos por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) para brindar un entorno familiar adecuado y garantizar el bienestar del menor.
Cuento con estabilidad emocional, económica y social suficiente para asumir la responsabilidad del conocimiento del menor, lo que se acredita con la documentación adjunta.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 27337), que establece el derecho de los menores a vivir en un entorno familiar adecuado.
Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Estado Peruano, que prioriza el bienestar y desarrollo integral de los menores.
Ley General de Procedimientos Administrativos (Ley N° 27444), en lo que respeta a los trámites y derechos de los administrados.
IV. MEDIOS PROBATORIOS
Adjunto los siguientes documentos en sustento de mi solicitud:
Copia de mi DNI.
Certificado de antecedentes penales, policiales y judiciales.
Informe socioeconómico expedido por la autoridad competente.
Declaración jurada de idoneidad para el acogimiento.
Documentos adicionales que acreditan mi capacidad para asumir la responsabilidad del menor.
V. SOLICITUD FINAL
Por lo expuesto, solicito a su despacho se sirva admitida la presente solicitud y, tras las evaluaciones correspondientes, se me otorgue la guarda temporal de [NOMBRE DEL MENOR] bajo la modalidad de acogimiento familiar.
Por ser un derecho del menor y conforme a lo estipulado en la legislación vigente, espero una resolución favorable a mi petitorio.
[LUGAR Y FECHA]
FIRMA:
[NOMBRE DEL SOLICITANTE]
DNI N° [NÚMERO]
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